SALIDA RIF 2024 / REFACTURACIÓN / CASOS PRACTICOS

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Комментарии
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Contador, la plataforma del RIF, ya no le deja entrar al pago del primer bimestre 2024, se hizo el cambio de RESICO en marzo,
como hago para presentar esa declaracion bimestral que me requiere el SAT.?

elviraaleman
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Buenas tardes Cp. me llegó el aviso del cambio de Régimen, efectivamente se me venció el 1/01/2014... elaboré 6 facturas.... tengo en el imss un trabajador... me aconseja ajustar a PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDADES es una purificadora y no rebazamos los anuales
o me conviene RESICO... agradezco su atención

ma.adeladiazmorales
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Buenas noches, di el aviso el 18 de Enero del 2022 de que optaba por tributar en el RIF y me llegó un aviso de que ya tengo que cambiar de régimen

miriamugaldemorlet
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Hola por favor contador pudiera aclarar lo del multicitado DECRETO PUBLICADO EL 11 DE MARZO 2015 que tanta confusión a provocado

joseherrera-qrof
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Buen día, gracias por el video. Tengo una duda CP me puede usted apoyar?
Mire en el 6to bimestre, traigo deducciones mayores que los ingresos en rifa, si me cambio a RGL PF, puedo disminuir esos gastos mayores en la declaración mensual? Y en qué rubro sería?
De antemano, muchas gracias. Saludos!

LiliaSiliceo
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Contador lo que comenta ya es pasado no se cuando fue esa charla. Gracias

joseherrera-qrof
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Llevo 6 meses de llamadas y correos a una inmobiliaria, en ninguno me responden respecto a una reexpedición de CFDI por un importe incorrecto, tendré que meter conciliación al SAT.

angeluzmon
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Varios contribuyentes del RIF hicieron su cambio desde Enero a otros regímenes, pero sin hacer la declaración del RIF del primer bimestre, ahora ya no permite declarar al hacer el cambio y varios tienen opinión del cumplimiento negativa y sin poder hacer la declaración. Algunos hicieron el cambio desde el 1 de Enero o los primeros dias de Enero, estan llegando comunicados solicitando dicha declaración. ¿Saben como darle solución? Ya que no permite declarar el bimestre pendiente.

SergioMartinez-ztki
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Hola, disculpe adquieri uno de sus cursos en línea, Pero no incluye la grabación que promete, ya le mandé correo y what's y aún no me responden.

LuisAlberto-wqiv
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El SAT mal interpreto y mal aplicó al RIF 2014, y se enterca que solo era para la reducción del 100% en el segundo año, El párrafo 2 del art. 1 del decreto si habla de permanencia, no lo dice literalmente, pero para eso se hizo, sino solamente hubieran hecho el primer párrafo y con eso estaríamos en sintonía con el SAT sin problemas, solo era aplicar el 100% en EL SEGUNDO AÑO, y todos el al terminar 2023 sabríamos que terminó nuestra permanencia en RIF y obviamente tomando como algo normal que llegó solo hasta el 20% de reducción, y todos hubieran hecho el cambio, porque el decreto es claro, y el segundo parrado del art 1 del decreto es para ajustar la tabla volviéndola a utilizar así como está iniciando 2015 tomándolo como primer año de tributación y la tabla terminar en 2024. El SAT no se está basando en del decreto, su confusión está en la regla 3.13.3 miscelánea fiscal 2016 misma que no quiso dar a conocer para que nadie aclarara por ahí, , (EN LA REGLA EL ULTIMO PARRAFO NO ALTERA AL PENULTUMO, SOLO ES UN ENFASIS DE CUALES TABLAS SE ESTA HABLANDO) .

MEGAJCBV
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O alguien que haya adquirido sus cursos que me ayude.

LuisAlberto-wqiv