¿Quién debe buscar y PAGAR sustituto en caso de licencia en el trabajo?

preview_player
Показать описание
Muchos trabajadores y empleadores se preguntan que ¿Quien debe buscar sustituto en casos de licencia en el trabajo? hoy hablaremos sobre lo que contempla el Código de Trabajo con relación a las licencias laborales o licencias de trabajo, también hablaremos sobre quien debe pagar a dicho sustituto y si el empleador debe pagarle estos días a los trabajadores.

Luego de ver este video no olvides dar me gusta, compartir, comentar y suscribirte a nuestro canal. También síguenos en las redes sociales.

🔴¿CUENTANOS COMO SE MANEJA ESTO EN TU EMPRESA?

Código de Trabajo (código laboral) sobre los permisos y suspensión del contrato

De la suspensión de los efectos del contrato

Art. 48.- Las causas de suspensión pueden afectar todos los
contratos de trabajo vigentes en una empresa o solamente uno o
varios de ellos.
Art. 49.- La suspensión de los efectos del contrato de trabajo
no implica su terminación ni compromete la responsabilidad de
las partes.
Art. 50.- Durante la suspensión de los efectos del contrato de
trabajo, el trabajador queda liberado de prestar sus servicios y el
empleador de pagar la retribución convenida, salvo disposición
contraria de la ley, el convenio colectivo de condiciones de trabajo
o el contrato.
Art. 51.- Son causas de suspensión de los efectos del contrato
de trabajo:
1. El mutuo consentimiento de las partes;
2. El descanso por maternidad de la mujer trabajadora, según
lo dispuesto en el artículo 236;
3. El hecho de que el trabajador esté cumpliendo obligaciones
legales que lo imposibiliten temporalmente para prestar sus
servicios al empleador;
4. El caso fortuito o de fuerza mayor, siempre y cuando tenga
como consecuencia necesaria, inmediata y directa la interrupción temporal de las faenas;
5. La detención, arresto o prisión preventiva del trabajador,
seguida o no de libertad provisional, hasta la fecha en que
sea irrevocable la sentencia definitiva, siempre que lo absuelva o descargue o que lo condene únicamente apenas
pecuniarias, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 88
ordinal 18;
6. La enfermedad contagiosa del trabajador o cualquier otra
que lo imposibilite temporalmente para el desempeño de sus
labores;
7. Los accidentes que ocurran al trabajador en las condiciones
y circunstancias previstas y amparadas por la ley sobre Accidentes de Trabajo, cuando sólo le produzcan la incapacidad
temporal;
8. La falta o insuficiencia de materia prima, siempre que no sea
imputable al empleador;
9. La falta de fondos para la continuación normal de los trabajos, si el empleador justifica plenamente la imposibilidad de
obtenerlos;
10. El exceso de producción con relación a la situación económica
de la empresa y a las condiciones del mercado;
11. La incosteabilidad de la explotación de la empresa;
12. La huelga y el paro calificados legales.
Art. 521
.- En los casos de accidentes o enfermedad, el trabajador sólo recibirá las atenciones médicas y las indemnizaciones
acordadas por las leyes sobre accidentes del trabajo o sobre seguro
social en las formas y condiciones que dichas leyes determinan.
Sin embargo, cuando el trabajador no esté asegurado por falta
del empleador este último cargará con los gastos médicos y las
indemnizaciones correspondientes.

En los casos previstos en los ordinales 4o., 8o., 9o. 10o. 11o.
del artículo 51, la duración máxima de la suspensión será de
noventa días en un período de doce meses. En caso de necesitar
el empleador una prórroga de la suspensión, el Departamento de
Trabajo tendrá la potestad de concederla si persisten las causas
que originan la suspensión. Dicha suspensión debe comunicarse
por escrito al trabajador y al Departamento de Trabajo, dentro
de los tres días de haberse producido, indicando su causa y la
duración y acompañando la solicitud de los documentos que la
justifiquen. Igual comunicación debe ser hecha por los herederos o
los representantes del empleador cuando la suspensión se deba a
su fallecimiento. Estas participaciones pueden hacerse aún antes
de que se produzca la suspensión.
Art. 56.- El Departamento de Trabajo comprobará si existe o
no la causa de suspensión alegada y dictará la resolución correspondiente en un plazo que no exceda de quince días.
Art. 57.- El empleador puede nombrar un sustituto mientras
dure la ausencia del trabajador por cualesquiera de las causas
anunciadas en los ordinales 1o., 2o., 3o., 5o., 6o. y 7o. del artículo 51.
Art. 58.- Es obligación del trabajador dar aviso al empleador
de la causa que le impida asistir a su trabajo dentro de las veinticuatro horas de ocurrir el hecho que justifique la suspensión de
los efectos del contrato.
Рекомендации по теме
Комментарии
Автор

🔥🚔¿Como tú empresa lo hace? ¿Tienes que buscar un sustituto o ellos lo buscan? ¿Quien paga al sustituto?

RefugioLaboral
Автор

el mejor en esto Ector Cabreja vendiciones para ti y los tuyos hermano

jonathanmanuelovallepaulin
Автор

Muy buen video, que Dios bendiga tu canal hermano

isaiasantoniolirianomadera
Автор

Una pregunta en tiempo cubre licencia médica?

Trampolin
Автор

Hola buenas tardes licenciada yo esta deliciesa medica y la expresa no me paga y ahora k entré no estoy cobrado

danchanetsosa
Автор

Yo estuve de licencia por 4 meses y medio y la empresa fue quién buscó la suplente y me pagaron mi sueldo, pero lo hicieron después de negarse a hacerlo porque estaban bajo foco de posible demanda por no estar yo inscrita en la TSS y pasarme riesgo laboral, pero ellos supieron actuar mejor que yo y nada, ganaron ellos.

massielgonzalez
Автор

Hola sr. Héctor

Estoy trabajando en una empresa que me dijeron que si llego a 3 amonestaciones, eso tiene como consecuencia que me cancelen sin derecho a mis presentaciones.

luisfrancisconunez
Автор

Buenas tardes bendiciones para ti y tu familia yo ya voy a tener un años de licencia medica y ya dique idopprill me deja de pagar después del años y otra preguntas es el mes pasado me llamaron para ir abuscar el dinero de la bonificacion y cuando fui me tocaban 23mil peso pero yo le debo un dinero a la empresa y me lo descontaron de hay solo me dieron 600 peso eso es legal descontar de la bonificacion

danielpichardoreyes
Автор

Erasmo Valdez Quiero saber si es verdad que el empleador tiene un periodo de 6 meses para dar las vacaciones después que se cumplen.

erasmovaldez
Автор

Hola si está de lisencia e te la cobran tú día libre tienes derecho guitartelo

mundoanime
Автор

Maestro una pregunta si mi suegra se me muere cuantos dias me tocan yo trabajo en una impreNta es una empresa privada

alfredoreyes
Автор

Para pagarte una licencia médica hay que tener un año laborando en la empresa quiero que me aclare eso sí se puede

andyruiz
Автор

Saludo, tengo 3 meses de licencia medica por accidente de trayecto esos Tres meces cuentan para prestaciones laboral si me desahucian?

miguelrodriguez
Автор

Yo diré 21 día incapacitado y el seguro nos me pagó nada

joseantoniogarcialiriano
Автор

Buenas, yo tengo 5 días de licencia medica, si los 2 primeros fueron mis libres me los debe de pagar la empresa ?

brisamelgarejo
Автор

Entonces la ley esta mal de no pagar la.licencia pork nadie quiere tener una situacion medica nadie.quiere enfermarse ademas el.seguro no se.lo.reembolsa eso las embarazadas cuando dan a luz tambien le.hacen suspencion de contrato y le tienen que pagar mes por.mes

karenvargas