Reforma tributaria: aceptación de costos o gastos no soportados en factura electrónica

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En la nueva versión del artículo 616-1 del ET, modificado con el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021, ¿qué se indica sobre la aceptación de costos o gastos no soportados en factura electrónica?

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Mediante el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, modificado con el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, da a conocer cuáles son las medidas establecidas por la reforma tributaria sobre la aceptación de costos o gastos no soportados en factura electrónica.

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Комментарии
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Pero yo digo si uno compra a a un simplificado, ellos no están obligados, por qué no van a aceptar los gastos en su totalidad, si uno compra post por qué no obligan a ellos a expedir de inmediato la factura electrónica, por qué me la descuentan a mi, son a ellos quienes deben sancionar u obligar a facturar electrónicamente y no desconociendo el gasto al declarante...

barlovipuentes
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En ese caso que pasaría con los costos y gastos que se adquieren con no obligados a facturar, como compras a pequeños comerciantes o cuentas de cobro de prestadores de servicios ?

carlosarjona