CLASE DE SUCESION INTESTADA - ORDENES HEREDITARIOS Y DERECHOS DEL CONYUGE PARTE 1 - 3 DE SEP 2020

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Institución Universitaria de Envigado

Asignatura: Sucesion intestada

Grupo: jueves 12:00

Docente: Daniel Lopera Díaz

clase del 3 de Septiembre de 2020

Diapositivas por: Daniel Lopera Diaz.

Referencias:

Código General del Proceso, ley 1564 de 201

Código Civil Colombiano.
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Комментарии
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Profesor un gran saludo desde Bogotá, excelente sus clases, he aprendido muchísimo ya que en mi semestre de sucesiones tuve un mal profesor. No sabe lo que me ayudan estás clases para mí vida profesional. Por favor sigalas subiendo cuando llegue la normalidad. Gracias.

angiecarolaingmerchancontr
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Bns tardes pregunta somos siete hermanos seis estamos de acuerdo en la susecion x notaria y se lleva la de mi mamá x juzgado y y el q no está de acuerdo quiere pasar la de mi papá también x juzgado y nosotros no queremos sera q x mayoría q podemos hacerr hacer

cristobalquintero
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Después de 25 años de ejercer el derecho en derecho Comercial y de enseñar esta asignatura en forma exclusiva encuentro grato el estilo de esta forma clara sencilla, coloquial de enseñar. entré por casualidad a investigar sobre la sucesión intestada a las 8 00 P.M y son 2 2 :30 A.M y no me di cuenta como transcurrió el tiempo.
Felicitaciones lo saludo desde Barranquilla, ya me inscribí, voy a iniciar el análisis de unos temas comerciales, para estudiantes y profesionales, es una forma de democratizar la educación.

patman
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Muy bien.
Con todo respeto el ejemplo del doctor Uribe no me parece adecuado para contextualizar y darle comprensión.
Gracias

gloriaangarita
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Profe un saludo desde acá de Bogotá!!!!

duviercastillo
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Doctor, excelente su clase, gracias por compartir su conocimiento.

mariafernandaprince
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Yo me gane una prescripción y no pagué un peso, solo tiempo de espera.

jamalopez
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Daniel feliz noche y mil gracias por sus video...pregunto: en una sucesión intestada donde el papá le ordena a un hijo de tres del matrimonio, realizar mejoras en un inmueble para su bien propio si haber realizado sucesión de la conyugue, luego muere el causante. De quien son las mejoras en la sucesión Intestada y separación de cuerpos?

jamalopez
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Doctor, que clase tan buena, soy abogada, pero lo sigo...es un deleite aprender de usted.🎉😊

amparocano
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Doctor que encanto sus clases, muchas gracias por compartirlas en Youtube

olgadiazpalacio
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Perdón.profesor. Cuando el. Papa. Le. asé. Las. Escritura. de un abrazo Bien. A. Un. Hijo. Para el hacerle un fabor. Y que. cuando. Muera. Le Reparrta a todos los. Hermanos que pasa profe

marinaarias
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PROFESOR ES EL MEJOR DANDO SUS CATEDRAS. AMO SUS CLASES

alexblanco
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el chisme del baloto me dejó mal jajajajajajajajjaa

MariaJoseMorales-gc
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Doctor Daniel, no se imagina cuánto estoy disfrutando estas clases. Ojalá (es una petición) las siga compartiendo. Muchas gracias y felicitaciones por la pasión, el empeño y la profesionalidad con la que prepara todo este material. Se entiende de forma laxa, simple. Tal como debe ser.

MrLeoflorez
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Profesor un gran saludo desde Londres Reino Unido. No sabe cuanto he aprendido sobre sucesiones ya que tenemos una sucesión intestada y atracada por casi 8 años. Sería un buen caso de estudio para sus estudiantes. Si ud lo desea. Gracias por tus clases muy pedagógicas. Se nota que eres un experto en la materia felicitaciones eres un maestro que deja HUELLA.

teresaecheverri
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Hola Profe Es mi primer día escuchar su clase . que se puede hacer, cuando dos hijos reclaman erencia, , presentan actas de nacimiento de apellidos de su padre., Pero los abuelos tienen otros nombres . Me puede responder por favor soy albacea, , esposa del difunto..Desde Iguala, México. qué debo hacer.?

mariadelsocorrohilariomari
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Estoy buscando incursionar en el derecho de sucesiones, pero realmente, comparando la normatividad con lo expuesto con el profesor, me genera bastantes dudas, por ejemplo en cuanto a los abuelos como herederos del nieto, no encuentro fundamento para esta aseveración, seguiré buscando, puedo equivocarme.

colombiaglobal
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Profesor un saludo cordial. Este es mi caso, mi papá en vida nos repartió a los hijos y a mi mamá dos propiedades una finca pequeña y una propiedad de tres pisos. Entre nosotros se ha respetado los acuerdos hasta hace poco que las decisiones de mi familia estan afectando la parte qué me corresponde, obligado van a tomar parte del arriendo que me corresponde de la propiedad para pagar una cuenta de servicios públicos que debe la inquilina. La pregunta es: Esta correcto que mi familia opte por retenerme mi parte del arriendo para pagar estos servicios, si es el unico ingreso que tengo?

SuperIsarock
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Hola profe buenos días, yo tengo una pregunta: se puede establecer por acuerdo entre la hija del causante y la esposa del causante, en la sucesion para que qude en las escrituras de la sucesión que la mamá se quede con el usufructo y la hija con la nuda propiedad, para que en el caso que la mamá muera no se tenga que hacer sucesion y automáticamente quede la hija con la plena propiedad?

vanessaosorio
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Profe le pregunto yo tube una compañera en union libre durante 5 añis ella fallecio y dejo una propiedad no hubo ni tampoco adoptivoque debo aserpor que tiene a su mama viva

josegregoriomolina-ojnz