CÓMO CALCULAR FINIQUITO E INDEMNIZACIÓN, PASO A PASO

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Vídeo pasando salario BRUTO a NETO: Lo publicaré en breve, después de fiestas..

En este vídeo explico paso a paso cómo calcular el finiquito:
- Salario del último mes
- Vacaciones no disfrutadas
- Parte proporcional de pagas extra

También explicó cómo calcular una indemnización por despido improcedente de 33 días de salario por año trabajado.

Podéis ampliar información en los enlaces que os dejo arriba.
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Комментарии
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Tus vídeos nos proporcionan conocimientos y información .
La libertad y los derechos se basan en ellos
Simplemente son geniales se ve que hay mucho trabajo por tu parte
Gracias y sigue y no pares
Saludos

joseangellopezlopez
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menos mal que encontré tu video porque, sí, he hecho los apuntes de fol, no obstante hay cosas con las que me lío independientemente de los apuntes, y ya que aqui va todo paso a paso, se entiende bastante mejor, agradecido

kronox
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Esto a sido una MasterClass..muy bien explicado..muchas gracias.

josegranados
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Ola sigo tus tutoriales son macnificos este video que acabo de ver sirve también para calcular finiquito de la jubilación muchas gracias

franciscoavellanedasjimene
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espero aprobar el examen de mañana gracias a tu video xd

sandragonzalez
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Me parece un gran información la que nos das, así estamos informados y aprendemos, yo voy hacer dos años de baja y estos videos me están sirviendo de gran ayuda, imagino que me darán la baja permanente en días, así iré preparada , no he disfrutado vacaciones en estos dos años y de las pagas pediré información, muchas gracias por tan gran interés que tienes en darnos tanta información, que a la vez, nos sirve de mucha ayuda, un saludo.

lenyperezbotello
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Hola, muchas gracias por el video. Esta genial explicado.

mariajosevivancos
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Muy buen video tengo que darle duro que el martes proximo me examino de Nominas finiquitos y indemnizaciones.

AlejandroGarcia-pdvg
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Buenos días.
Antes de nada tengo que decirte que me ha parecido una exposición espléndida.
No obstante, en alguna ocasión he observado que para la liquidación de las vacaciones pendientes de disfrutar no se incluía en el cálculo del salario diario el importe de las pagas extras.
No sé si puedes comentar algo al respecto, si puede tener algo que ver con el hecho de que se trate de pagas extras prorrateadas o no, si ha habido alguna sentencia judicial sobre este particular, etc.
A mi parecer, entiendo que es lógico que se incluya el importe de las pagas extras como tú dices, pero ahí está la duda que te planteo.
Muchas gracias.

ramirocastro
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muchas gracias ibai me has servido muchísimo

pabloazanedo
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Hola qué tal, te quería preguntar si podrías explicar que hacer cuando fallece alguien mientras trabaja, no siendo un accidente laboral. Es un familiar directo y llevando 3 años trabajando como conductor de trailer, le dieron los días pendientes de vacaciones, prorrata de pagas extras y sueldo de días trabajados del mes trabajado. La cantidad no me parece correcta. Si puedieras hacer un vídeo sobre este tema por favor.Seguro que habrá gente como yo que pasa por este trance y busca información Saludos y gracias

ijustcarryon
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Buenas tardes IGNACIO, mi pregunta es la siguiente .
La empresa para la que trabajo como conductor me va a parar y llevo 35 años trabajando para ella .
Cuanto me pertenece como indemnización si estoy cobrando un sueldo de 23561 euros salario año. Gracias

tonyvalido
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Buenas tardes, me jubilo el 31 de agosto, mi empresa dice que me coresponden 20 dias de vacaciones, con lo que mi ultimo dia de trabajo 11 de Agosto, yo hace 25 años que estoy en esta empresa y creo que me coresponden 30 dias, el año pasado las disfrute en septiempre, ¿es correcto lo que me dice la empresa? la empresa me cuenta los dias desde el 1 de Enero. muchas gracias por tu videos, no sacas de muchas dudas.

franciscogimenezmolina
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otra pregunta, el salario diario (de cara al calculo de la indemnización) es en función del salario del ultimo año a pesar de las subidas del SMI? es decir a pesar de que por ejemplo en 2014 su salario haya sido mas bajo.

jugandoconaroaydaniela
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Para mi ha sido un regalo, encontrarle.Tengo una duda, en esta caso la indemnización no sería de una máximo de 24 mensualidades, que no de 94; como se ha detallado??? Le agradecería su respuesta. Muchas gracias.

carmenalarcon
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Hola me empresa cerrado y quiere mandarme a otra empresa y no se como voy hacer

AbbassiAbbasi
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todo perfecto pero hay algo que no me quedo claro. para las pagas extras por que cuentas los días proporcionales para 2022 si el caso es de 2021? no debería ser del 1/1/2021 al 30/6/2021= 181 días?? y luego la de PE navidad del 1/01/2021 - 17/12/21 = 351 días (esta si me concuerda) pero no entiendo porque la de verano la cuentas asi, para 2022.

jugandoconaroaydaniela
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buen aporte! lo que me genera duda, es en donde haces la indemnización, ya esta incluido el ultimo sueldo trabajado? o hay que sumar liquidación y Indemnización por separado ? ya que lo mío es un despido improcedente. y justo termino mi relación laboral con el ultimo mes trabajado integro. un saludo

alejandroargento
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Hola, buenos días. Soy una nueva suscriptora a su canal que es muy interesante 🙂. Mi consulta es; antes tenía un contrato temporal y me pagaban el finiquito al culminar el contrato pero, ahora con la nueva ley laboral el contrato cambió a fijo discontinuo y no me han pagado el finiquito. No sé si eso esta bien o no ya que el próximo año no pienso volver a trabajar en la misma empresa. Le agradezco de antemano su respuesta. Buen día. 🙂

carolinahuaman
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Si tengo un trabajador que ha trabajado 2 años . Desde el 18 marzo de 2018 al 22 marzo de 2020, tengo que hacer el finiquito solo por el proporcional de paga de enero, feb y los dias de marzo? Gracias, y disculpa las dudas. Es que explicas super y estoy rindiendo un trabajo. Claramente mi nota tambien te la comparto, jajaj.

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