Parte 2 📚 LEY 39/2015 📚 Procedimiento Administrativo Común - CURSO GRATUITO - Artículos 9 a 12

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Bienvenido/a a la segunda parte de mi mi Curso Online sobre la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante esta serie de vídeos, te explicaré lo más importante de esta ley, estudiándola a tu lado, artículo por artículo.

¿Aún no has visto el resto de partes de este curso?

¿Te gusta este sistema? ¿Tienes alguna duda al respecto?

Por favor, cualquier opinión que tengas me puede ayudar a saber realmente lo que necesitas y quieres ver en el canal, por lo que te agradecería que me lo dejarás escrito en los comentarios.

Tal y como te indicaba en el vídeo, te dejo por aquí el enlace a otros vídeos que te pueden resultar de interés:

Explicación del silencio administrativo:

Esperando que te sirva de ayuda, te recuerdo que, si te gusta este tipo de contenido, la mejor manera de apoyarlo es suscribiéndote al canal de forma completamente gratuita y compartiendo el vídeo para que llegue a más gente.

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Si estás interesado en estudiar alguna oposición en concreto, te recomiendo visitar las siguientes academias online con las que colaboro:

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Vídeo dividido por capítulos:

00:00 - Introducción.
02:37 - Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.
17:54 - Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas.
24:54 - Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo.
27:22 - Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.
34:37 - Despedida.

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¡Gracias por ver el vídeo y mucho ánimo!
Рекомендации по теме
Комментарии
Автор

Cuidado quien lo este viendo en 1 de mayo del 2023 porque me e dado cuenta que el art.9 punto 2 c ha cambiado y tambien en el plazo antes era 3 meses y ahora es dos, leerlo bien en el boe.
Explicas muy bien sigue asi! Me gusta un montón como explicas
Lo pongo por si os ayuda:
Cualquier otro sistema que las Administraciones públicas consideren válido en los
términos y condiciones que se establezca, siempre que cuenten con un registro previo como
usuario que permita garantizar su identidad y previa comunicación a la Secretaría General de
Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Esta comunicación vendrá acompañada de una declaración responsable de que se cumple
con todos los requisitos establecidos en la normativa vigente. De forma previa a la eficacia
jurídica del sistema, habrán de transcurrir dos meses desde dicha comunicación, durante los
cuales el órgano estatal competente por motivos de seguridad pública podrá acudir a la vía
jurisdiccional, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad, que
deberá emitir en el plazo de diez días desde su solicitud

maila
Автор

Hola Jon, me estoy empezando a ver tus videos ahora después de un año, y me veo en la necesidad de decirte que, no e visto a nadie que explique las leyes tan bien como tu, y te animo a que lo sigas haciendo y que te motives, porque vale para esto y ayudas a muchísima gente. Muchas gracias y mucho animo!!!1

Noe_lopezz
Автор

Hola Jon, como tantas personas que te seguimos, yo desde hace poco la verdad. Encuentro que haces que esta ley se entienda muchísimo mejor. Me gustan mucho tus explicaciones y ejemplos para aprendernos esta ley. Tal y como he visto el art.9.c se ha modificado un poco y hemos de tener la ley actualizada para que no nos equivoquemos con los plazos. Mil gracias Jon por tus explicaciones.

marc
Автор

En primer lugar darte las gracias Jon porque los ejemplos son la clave para entender todo. ENHORABUENA por lo bien que explicas. A quien lea esto un truco para identificar cuando se habla de identificación y cuando de firma es que en este último aparece la palabra " avanzada" en concreto habla de firma cualificada avanzada, sello electrónico avanzado ...
Cuando se refiere a identificación habla de firma, sello y clave concertada ....pero no se nombra la palabra avanzada.

ESRUFE
Автор

Eres una maravilla, y he buscado mucho por redes. Lo mejor que me he encontrado en forma, contenido, y forma de hacerlo atractivo. Esto último tiene muchísimo mérito. Mil gracias

senizuzu
Автор

Si me gustan tus clases, me ayudan muchísimo a entender esta dichosa ley, gracias 🙏🏽

gloriaagullo
Автор

Genial, aunque esto ya tienen unos años, voy estudiando con la ley actualizada, por delante y ayudas muchíiisimo!! GRACIAS!!

NOACHIQUENTO
Автор

Mil gracias, una vez más solo decirte q eres muy claro y didáctico y solo viéndote ya me aprendo el 90% de los artículos, por favor no dejes de hacer esto, somos muchos a los q estas ayudando a conseguir la ansiada plaza en la Administración Pública . Gracias

martabarbero
Автор

Soy Cristina de la Cruz. 17 de Agosto 2022
Muchisimas gracias por hacernos esta Ley algo mas llevadero. Desde que te sigo siento que la entiendo mucho mejor, y ademas ayuda que alguien te la lea pero que sobretodo te la vaya explicando con palabras que todos entendemos, ya demasiado técnica es la Ley...Sigue haciendonos estos videos explicativos y amenos, que los opositores nos los

pabloalejo
Автор

Ni te imaginas el favor que nos haces. Si no es por ti, muero en esta ley. La tenía atragantada. GRACIAS

alfonsosimoncarrioncaba-yndo
Автор

Super agradecida de escucharte, POR FIN ME ESTOY ENTERANDO DE LA LEY

Sonia-hjec
Автор

No sabes lo que agradezco tus videos porque no puedo asistir a ninguna academia y además lo haces FENOMENAL, mil gracias!!!!

martamoreno
Автор

Gracias por explicar los artículos tan detalladamente. Los entiendo perfectamente.

el.c.s
Автор

Magistral! Nunca creí q llegaría a entender esta ley. Mil gracias!

LuzPolo-px
Автор

Muchas gracias!!!! Cuidado han cambiado el artículo 9.c, hace muy poquito.... El video es anterior, no obstante todo muy bien explicado.

sietelunasluneras
Автор

Ayuda mucho mucho la explicación y ejemplos, mil gracias

laurarodriguez
Автор

Genial, me encanta como lo explicas . Mil gracias 😊👍👍👌👌👌

chusporelmundo
Автор

Buenas tardes Jon, para ser abogado se te entiende muy bien, sí que es cierto que el apartado 2 c) ha sido modificado, pero se entiende de igual manera, gracias por hacerlo tan fácil a los ciudadanos de a pie, llevo muy poco tiempo preparándome las oposiciones y me son de gran ayuda. Enhorabuena.
🤩

TereGarcia-ekmz
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Madre mía, se hace muy ameno escucharte. Gracias

sofiasancho
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Buenas noches, Jon
Quiero darte las gracias por estos videos que haces.Te he descubierto hace poco, al iniciar mi aventura en el tema de las oposiciones.
Soy madre de dos niños y tus videos me ayudan bastante durante las pocas horas que le puedo dedicar por las noches.
Gracias por ponerlo un poco más fácil.

MariConchiTevarJimenez