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Salud en el trabajo: Cambio de contingencia
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Hoy hablamos del caso en el que un trabajador/a sufre un daño con ocasión o consecuencia del trabajo y el facultativo/a de la Mutua lo considera enfermedad común.
En este caso debemos iniciar un proceso de reclamación para que sea reconocido accidente de trabajo.
*El 5 de enero se publicó en el BOE el RD 1060/2022. de 27 de diciembre, por el que se modifica el RD 625/2014, de 18 de julio por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.
La norma entrará en vigor plenamente el 1 de abril de 2023 por lo que el contenido de estos vídeos, elaborados con anterioridad, puede haberse visto afectado. Consulta con CCOO los aspectos relacionados con:
- la obligación de la persona trabajadora de aportar la copia en papel para la empresa en la gestión de la IT. A partir de abril no será necesario.
- el facultativo o facultativa del SPS, de la empresa colaboradora o de la mutua podrá fijar la correspondiente revisión médica en un período inferior al que la norma indicaba en cada caso.
- el INSS y el ISM realizarán el seguimiento del grado de motivación clínica de las propuestas de alta de las mutuas y de respuesta de la inspección médica de los SPS y del INGS, así como el grado de cumplimiento de los plazos de las distintas entidades en lo que se refiere a las propuestas de alta.
En este caso debemos iniciar un proceso de reclamación para que sea reconocido accidente de trabajo.
*El 5 de enero se publicó en el BOE el RD 1060/2022. de 27 de diciembre, por el que se modifica el RD 625/2014, de 18 de julio por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.
La norma entrará en vigor plenamente el 1 de abril de 2023 por lo que el contenido de estos vídeos, elaborados con anterioridad, puede haberse visto afectado. Consulta con CCOO los aspectos relacionados con:
- la obligación de la persona trabajadora de aportar la copia en papel para la empresa en la gestión de la IT. A partir de abril no será necesario.
- el facultativo o facultativa del SPS, de la empresa colaboradora o de la mutua podrá fijar la correspondiente revisión médica en un período inferior al que la norma indicaba en cada caso.
- el INSS y el ISM realizarán el seguimiento del grado de motivación clínica de las propuestas de alta de las mutuas y de respuesta de la inspección médica de los SPS y del INGS, así como el grado de cumplimiento de los plazos de las distintas entidades en lo que se refiere a las propuestas de alta.
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