Ley 2155 de 2021 de reforma tributaria: consideraciones prácticas

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En el transcurso de esta charla, el Dr. David Riascos afirma que muy pronto se tendrá que discutir una nueva reforma tributaria, para lo cual los colombianos debemos estar preparados.

Frente a la Ley 2155 de 2021 expone detalladamente las características del impuesto de normalización tributaria. Desde su punto de vista la Dian no ha aplicado bien el concepto de intercambio de información tributaria.

Este impuesto se causa por la posesión de activos omitidos o inclusión de pasivos inexistentes al 1º de enero del año 2022. Se determina por el valor del costo fiscal histórico de los activos omitidos o pasivos inexistentes, o el auto avalúo comercial que establezca el contribuyente con soporte técnico, el cual deberá corresponder al del costo fiscal de los activos omitidos.

Su tarifa es del 17%. Cuando el contribuyente normalice activos en el exterior y repatrié los recursos y los invierta en Colombia, la base gravable se reducirá al 50 %.

Riasgos es Abogado especialista en Derecho Tributario Corporativo; con amplia experiencia profesional, se resalta su desempeño como gerente de fusiones y adquisiciones, planeación y consultoría tributaria de Deloitte, y gerente de planeación y consultoría tributaria, cambiaria y aduanera de Crowe Colombia. Ha participado como expositor en diferentes escenarios de planeación tributaria, fusiones y adquisiciones nacionales e internacionales y régimen de IVA en Zonas Francas. Actualmente es el Director de Derecho Tributario y Cambiario Aduanero en MRG Servicios Profesionales, socio director de estrategia de la misma firma.

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Комментарии
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Que buen conferencista es el Dr. David Riascos. Felicitaciones por esa claridad como explica el tema. Actualícese muchas gracias por haber escogido a este expositor

adonaiortizsanchez
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Buenas tardes.
Será que alguien me puede hacer del favor de explicar el artículo 3, 6 y 18 de la reforma tributaria del 2021.
Gracias.

brainersanchez
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yo tengon muchas dudas, tengo un negocio que no es tan estable a nivel de ventas al año, un el año pasao solo vendimos 60 millones y nuestro contador nos metio en el regimen ordinario, pero este año superamos las espectativas y ya vamos como en 150 millones, antes eramos regimen simple y nos cambiamos a regimen ordinario. en este caso que hacemos ya que nuestro negocio es tan variable ??

SIMALUIMPORTACIONES
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Muchas Gracias. Saludos desde Chile, colegas.

mortag
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Acerca de los impuestos prediales como se aplicaria la ley?

olgasanchez