PREGUNTA A JORGE 5️⃣5️⃣ - ¿Puedo ser Youtuber siendo pensionista? 🎧

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*** ¿SE PUEDEN MONETIZAR VÍDEOS EN YOUTUBE TENIENDO UNA INCAPACIDAD ABSOLUTA? JORGE RESPONDE EN EL PROGRAMA DE HOY A ESTAS Y OTRAS DUDAS SELECCIONADAS ***

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**PREGUNTAS** 📌

00:00 Introducción
01:18 ¿Se puede denunciar que los autónomos no tengamos integración de lagunas?
03:00 Para cese de actividad (paro autónomo), ¿una baja larga podría ser “fuerza mayor”?
04:21 📌 ¿Con incapacidad absoluta puedo monetizar videos -covers musicales- en Youtube?
05:31 ¿Con qué antelación hay que avisar al INSS al empezar a trabajar con una incapacidad?
07:02 Si el tribunal me deniega la incapacidad me pueden despedir. ¿Cómo me puedo proteger?
08:33 Una vez nos otorgan la incapacidad con reserva de puesto, ¿tenemos derecho a paro?
09:46 Cobrando el subsidio para mayores de 52, ¡me lo quitaron cuando me vino la pensión!
11:10 ¿Qué hago si, presentado el recurso, la mutua o el INSS me propone para incapacidad?
12:05 ¿En la inspección médica ellos acceden a mis informes médicos o los llevo en mano?
13:15 Recibí sentencia de determinación de contingencias. ¿Cuánto tarda el INSS en pagar?
14:31 Agradecimientos

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Campmanyabogados
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Muchísimas gracias por las respuestas, la verdad que os tengo que felicitar a todo el equipo por el esfuerzo que estáis poniendo, utilizando un modelo de gestión avanzado e innovador para ser una gran empresa.
Sois de gran ayuda.
UN SALUDO A TODOS.

Sindeyyaaaa
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Muchas gracias por nuestras respuesta.. voy a escucharlo de nuevo todo.. Gracias!! 😉

janamoreno
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Hola Jorge. Como siempre te explicas muy claro
Y te felicito por la labor que haces con tu equipo.
Saludos cordiales.
Fernando Santiago Pajares

fernandopajares
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Enhorabuena por vuestro canal. Espectacular. 👌
Os cuento mi caso:
Voy a cumplir 55 años en marzo. Soy autónomo y trabajador vertical. Tengo cotizados 33 años, varios en el régimen general y muchos en autónomo.

Hace un año y medio me diagnosticaron de artritis psoriásica, aunque me da que la padezco ya hace años. Por supuesto, también tengo psoriasis en varias partes del cuerpo desde hace más de 20 años. Padezco también otras patologías.

El tema es que por mi trabajo, mi cuerpo está destrozado, no aguanto más, no solo físicamente, también psicológicamente. Creo que estoy a las puertas de una depresión.

Tengo dolores por todo el cuerpo, planta de pies y tobillos, rodillas, cadera y espalda, brazos (hombros y codos), cuello. Pero lo que más tengo afectado son las manos, sobre todo la derecha. Con esta mano ya casi no puedo coger un vaso.

Los informes médicos explican todas las dolencias que tengo pero no inciden en lo mal que me encuentro, aunque he intentado que lo hagan.

Voy a empezar con los trámites para solicitar la incapacidad permanente total, o absoluta? Qué posibilidades tengo de que me la concedan? He leído que, en casos como el mío, no se llega ni siquiera a juicio, que la conceden directamente, más estando la mutua de por medio. Es cierto?

Muchas gracias de antemano y un saludo.

txagueunkas
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Opino lo mismo que vosotros en cuanto al tema de los autónomos, espero, al igual que vosotros, que, con la nueva ley ya NO hayan esas diferencias porque los autónomos también trabajan y mucho.
Que interesante la pregunta de la chica que quiere subir vídeos a YouTube. La respuesta valdría también para si alguien con la IPA quiere escribir un libro y concursar en certámenes literarios ¿verdad?.

Ah, el miércoles pasado estuve esperando el directo pero NO lo hiciste ¿no?. :)

Cada día me gusta más este canal, se aprende mucho con vosotros.
Gracias, gracias y más gracias. :)

dersu
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Saludos de Milcho, excelente y claro todo..gracias

milchokolev
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Muchas gracias por tu respuesta Jorge.
Un saludo

cristinacris
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Hola Jorge, magnifico trabajo el que hacen para aclarar todos estos términos y problemas, gracias de antemano, me gustaría si es posible, que dedicaras un poco más de tiempo a esta pregunta cuyo titulo es el de este video, pues este supuesto que has expuesto es muy concreto y orientado a una incapacidad absoluta, pero que pasa si percibes una pensión de Jubilación por que ya estas en tu edad legal, entiendo que la norma para no tener que ser Autónomo será la misma, pero en cuanto Hacienda, es obligatorio declarar esos beneficios? también si es posible puedes explicar más ampliamente en caso de superar ese tope que indicas del salario interprofesional, ¿ que repercusión tendría en mi pensión de jubilación ? Muchas gracias!!!

CorteyEstiloMasculino
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Hola Jorge, para el cálculo del cómputo de "años de trabajo efectivo ininterrumpido" de un FFDD en una indemnización jubilación o despido improcedente. El convenio de hostelería de cataluña establece para los mayores de 50 años, un "premio de vinculación" de carácter indemnizatorio en función de los años de "trabajo efectivo ininterrumpido en la empresa". ¿se tiene en cuenta el coeficiente de parcialidad? ¿o dia trabajado con cualquier parcialidad es dia computable para la calculadora del poder judicial? Muchas gracias y felicidades por la labor.

guillefs
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He pasado el ICAM por 2 vez en dos años y medio la 1 lo solicité yo me, me lo denegaron los denuncie TSJC estoy a la espera de la resolución
La 2 propuesta de IP la solicito el INSS Tras llevar más de 29 meses de baja. Cuando tiempo suelen tardar en dar la resolución. Fui el día 27/09/2022

fernandopajares
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Tengo posible revisión en enero 2023, incapacidad total, pregunto y si la solicito yo, ya k tengo informes nuevos de otorrino y sicólogo, para absoluta, tengo juicio octubre 2023, para grado de absoluta con ustedes, saludos

juandiegoperezbenitez
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Gracias Jorge eres un máquina.
He empezado a trabajar despues de haber sido declarado Incapacitado permanente total en la misma empresa donde estaba ya que el convenio asi lo contempla, en un puesto nuevo compatible con mi dolencia, en la resolucion del INSS me instan a revision por mejoria en fecha proxima y la empresa dice que de ser así me devolverian a mi anterior puesto de trabajo.
Si me revisan y me quitan la incapacidad tendria que volver al puesto anterior que me causo la dolencia?
La empresa puede enterarse de algún modo que me han quitado la incapacidad?
Gracias

aramalvarez
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Mi duda es la siguiente. Puede el EVI ser más laxo si el origen de la posible IPT es accidente laboral, ya que sería la mutua quien tendría que capitalizar y no sería coste para la SS. Muchas gracias por la labor que hacéis.

visifernandez
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Siendo pensionista jubilada con incapacidad absoluta para todo trabajo, sin retenciones del irpf, se podría tener canal de YouTube, tik-tok, Instagram o Facebook???

monicadeleon
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Hola buenos dias, soy pensionista Peemanente total desde el 2009, tengo 63 años, cuando llegue a edad de jubilacion, por cambio de pension tendria derecho a cobrar el complemento por hijos pues tuve 4 y deje de trabajar para cuidarles, solo tengo 5 años y medio cotizados, gracias y saludos

maricarmenmartitormos
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Pues yo teniendo ipt, me dijeron en el sepe que sí que tengo derecho a cobrar paro en caso de que me quiten la ipt tras revisión

ulisessantana
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Hola Jorge.
Dijiste que para solicitar el cese de actividad de autonomos, con una incapacidad temporal no es causa de fuerza mayor, pero una incapacidad permanente?

diegonoya
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Con la incapacidad permanente total para la profesión habitual y siempre que no se sobrepase la carencia de rentas del 75 % del SMI =750€ y cumpliendo demás requisitos pienso que sería compatible con el subsidio a mayores de 52 años.Por ejemplo si cobras una incapacidad permanente total y empiezas un trabajo compatible y luego acabas contrato, cobras el desempleo y acto seguido solicitas el subsidio cumpliendo la carencia de rentas creo que en ese caso sí.A falta de mejor opinión.
Saludos.

TheIvnp
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Mi marido tiene 62 años y 42 años cotizados, cuando se podrá jubilar con el 100%.Gracias.

bertasarrioncanals