Cómo SOLUCIONAR un SUSPENSO DE FONDO de la OEPM (artículo 5.1.b y c)

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En muchas ocasiones el registro de tu marca puede quedar en suspenso como consecuencia de una objeción planteada por la OEPM. Las causas de suspensión más habituales son las incardinadas dentro de los epígrafes b) y c) de la Ley de Marcas.

Este contratiempo, en líneas generales, se puede solventar de distintas formas.

Te lo cuento aquí.

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