Derecho Internacional Privado- Dr. Daniel Rojas Tamayo- ACCOLDI Serie 2

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Las relaciones privadas internacionales son reglamentadas en textos normativos de distintos orígenes. Podemos encontrar normas tanto en leyes y códigos internos, como en instrumentos internacionales.
Aunque el Derecho Internacional Privado es una disciplina principalmente regulada en las leyes y los códigos internos, durante el siglo veinte, los instrumentos internacionales se multiplicaron gracias a la iniciativa de las organizaciones que pretenden establecer puentes entre los ordenamientos jurídicos en materia de derecho privado.
Los Estados no son hoy los únicos aparatos de producción normativa. Instituciones como la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, la Cámara de Comercio Internacional, las asociaciones que reúnen los actores del comercio internacional por sectores económicos, entre muchas otras, pretenden reducir, y en la medida de lo posible eliminar, la pluralidad y la diversidad de los sistemas normativos estatales y establecer reglas adaptadas a las relaciones privadas internacionales.
Los instrumentos internacionales son textos normativos que contienen reglas comunes aplicables a las relaciones privadas internacionales, elaboradas por expertos de varios países o de instituciones internacionales, de alcance temático o geográfico variable y que pueden ser vinculantes. Así, existen instrumentos que regulan una relación jurídica o un contrato específico, por ejemplo, las garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil, o aplicables en una región específica, como el reglamento europeo Roma I.
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