Inspección de personas y vehículos en el Código Nacional de Procedimientos Penales

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El Derecho a Disentir.
Conducido por Alejandro Téllez
Tema: Inspección de personas y vehículos en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

PARTICIPAN:
– Olimpia Rojas Luviano, Derecho, UNAM.
– María Fernanda Contreras, Inteligencia Estratégica, Anáhuac.
– Primavera Viñas, Derecho, Tecnológico de Monterrey.
– Adán Ruiz Alba, Derecho, Universidad Lasallista Benavente.

#JusticiaTV #ElDerechoADisentir
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Комментарии
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muy buen programa para todos y cada uno de las personas que estuvimos viéndolo.

SantosTolenMendoza
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Aquí en tecate baja California
Seguridad ciudadana tomo la comandancia municipal y se está encargando de el trabajo municipal el problema es que te paran por nada sin motivos si preguntas el motivo o sospecha razonable te contestan que por sus huevos por que quieren no te respetan violan tus derechos con palabras altisonantes te interrogan astavpor casi una hora en la calle todo esto con la tensión de las mismas preguntas revisan tu teléfono pertenencias y toma foto de tu credencial y y de tu persona si no te encuentran nada y tienes un negocio piden fotos de tu negocio y pruebas de que tienes el negocio o trabajo si ya nada te dicen ponle a la vrga puras groserías

luismorales
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Licenciados con el respeto que se merecen los invito que vean o ya han visto los videos cuando son evidenciados su mala actuacion del policia en contra del ciudadano no son montajes ni chismes es realidad.

augustohurtado
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No digas que no son los enemigos se an vuelto enemigos del pueblo porque se an vuelto malos servidores publicos

danielrodriguezmartinez
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Jjsjsjs....vengan ayucaran y veran su suerte...que las leyes son pisoteadas, por los mismos que deberian respetarlas...

albertoperez
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Cuando tengan pesquisas el ministerio público de delicuentes yla sospecha razonal es cuando deberían de tener inspección prebentiva

hectorayala
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Existe la policía preventiva y la policía de investigación, sin embargo el supuesto del artículo 268 del CNPP contempla la inspección de persona como un acto de investigación, en ese sentido creo que únicamente está considerado ese supuesto para la policía de investigación y no así para los cuerpos de seguridad pública preventiva.

anadircortes
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No saben ni expresarse los exponentes!!! Mucho menos de leyes.

lasiembradelafamilia
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Invita compadre, yo soy policía, les puedo decir el punto de vista de los operadores policiales

justiciadivina
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En tu estado la sibilisasion conpleta sabe algo deloqe ablas o de eso oqe cieres saber de documentos si bas de bago ala calle

MarcosAntonioZamoraMurillo