¡Hablando del SAT! - Facultades fiscales - T01E01

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene como misión recaudar los impuestos federales y vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Estas facultades, asignadas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), están divididas en la recaudación de impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos y aprovechamientos federales, así como la vigilancia y aseguramiento del cumplimiento de las disposiciones fiscales. Los principales mecanismos para la fiscalización y la recaudación de los impuestos federales son las facultades de comprobación, determinación y económico coactiva.

En la jurisprudencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que el artículo 16 de la Constitución contempla también las llamadas facultades de gestión. Estas facultades incluyen la asistencia, vigilancia y control para el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales y contribuyen a garantizar una recaudación eficiente para todos los contribuyentes. Tiene como finalidad a mejorar la administración tributaria, para una recaudación eficiente que garantice los ingresos necesarios para el desarrollo de nuestro país.

FACULTADES DE COMPROBACIÓN Y DE GESTIÓN DE LAS AUTORIDADES FISCALES. ASPECTOS QUE LAS DISTINGUEN. Desde la perspectiva del derecho tributario administrativo, la autoridad fiscal, conforme al artículo 16, párrafos primero y décimo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos puede ejercer facultades de gestión (asistencia, control o vigilancia) y de comprobación (inspección, verificación, determinación o liquidación) de la obligación de contribuir prevista en el numeral 31, fracción IV, del mismo Ordenamiento Supremo, concretizada en la legislación fiscal a través de la obligación tributaria. Así, dentro de las facultades de gestión tributaria se encuentran, entre otras, las previstas en los numerales 22, 41, 41-A y 41-B (este último vigente hasta el 31 de diciembre de 2019) del Código Fiscal de la Federación; en cambio, las facultades de comprobación de la autoridad fiscal se establecen en el artículo 42 del código citado y tienen como finalidad inspeccionar, verificar, determinar o liquidar las referidas obligaciones, facultades que encuentran en el mismo ordenamiento legal invocado una regulación y procedimiento propios que cumplir.

Mestros Eduardo Campos y Adrián Paredes
2 de Febrero de 2023
México
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