FIRMEZA DE LAS DECLARACIONES 🚨FIRMEZA DE LA DECLARACIÓN DE RENTA🔥 ARTICULO 714 ESTATUTO TRIBUTARIO❤️

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🚨 La declaración tributaria quedará en firme sí, dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha del vencimiento del plazo para declarar, no se ha notificado requerimiento especial. Cuando la declaración inicial se haya presentado en forma extemporánea, los tres (3) años se contarán a partir de la fecha de presentación de la misma de acuerdo a lo previsto en el artículo 714 del estatuto tributario. También, existen firmezas especiales como el beneficio de auditoria.

El término de firmeza de las declaraciones tributarias reviste gran importancia en la relación entre el estado y el contribuyente porque una declaración en firme no puede ser modificada ni por la DIAN ni por el contribuyente. además, esta figura jurídica constituye el desarrollo del principio constitucional de confianza legitima y certeza tributaria.

Nosotros NO nos hacemos responsables por la aplicación de lo aquí expuesto, sólo es una forma de entender la norma en este momento. Cada caso debe ser analizado de manera particular.

Lo expuesto aquí, NO exime de consultar la ley que regula la materia.

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Комментарии
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Buenos dias Dr, procede el beneficio de auditoría cuando se presenta y no se paga, si no se compensa con iva, es decir se presentó la renta en julio 4 y se va a compensar con devoluciones de iva exentos?, gracias

oscarsantana