{Delito de ASESINATO} 📌 Asunto MARTA CALVO | Manuel y Javier RINCON / RINBER Abogados

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Presunto delito de 📌 ASESINATO de marta CALVO. El descuartizador confeso dice que ella murió accidentalmente cuando practicaban sexo después de consumir cocaína. Nuestros Mejores ⚖ Abogados Penalistas a su Servicio las 24 horas. Consulte GRATIS. Asistencia al Detenido de Nivel. Tel: 627467043.

Cometer un asesinato está castigado con una pena que va desde los 15 a los 20 años de prisión, elevándose hasta los 25 años si concurren dos o más circunstancias específicas del delito: se cometió con ensañamiento y alevosía, con concurrencia de precio y alevosía, con cualquier combinación de las tres o con los tres supuestos al mismo tiempo.
El asesinato es un tipo mixto alternativo, de modo que basta con la concurrencia de una sola circunstancia para que exista el delito de asesinato y no el delito de homicidio, y si concurren varias sigue siendo un solo delito, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 140 del Código Penal.

Según nuestros Abogados Penalistas, la Jurisprudencia estima que concurre alevosía en el delito de asesinato siempre que se cumplan los siguientes tres requisitos:

a) empleo de medios, modos o formas en la ejecución, tendentes a asegurarla, eliminando cualquier posible defensa de la víctima.
b) situación de total indefensión de la víctima.
c) ha de comprobarse si en realidad se produjo efectivamente la situación de indefensión.

Lo decisivo, en todo caso, es que el autor se aproveche de dichos medios de ejecución con la finalidad de impedir la defensa de la víctima, siendo indiferente que el propio autor los haya buscado por sí mismo o que le hayan venido previamente dados y organizados por otro sujeto.
Las clases de la alevosía son la sorpresiva, es decir, ataque inesperado, empleo de veneno; creación de una situación de confianza etc. La Proditoria es decir, por acecho o emboscada en que la víctima no tiene escapatoria; La de aprovechamiento de especial situación de indefensión: Por Ejemplo cuando la víctima está durmiendo o borracha. Si la víctima es de por sí indefensa (niños, ancianos, enfermos graves, inválidos), es más correcto aplicar un homicidio con abuso de superioridad.

La jurisprudencia suele rechazar la aplicación de la alevosía en el delito de asesinato en los casos de riña o pelea, entendiendo que todos los que participan en una pelea pueden esperar un ataque de los demás contendientes. Aunque este criterio es correcto con carácter general, no debería mantenerse de modo rígido y habrá de estarse a las circunstancias de la producción de la muerte de la persona para valorar la aplicación de la circunstancia alevosa.
Si Usted o un familiar ha sido detenido o está citado en calidad de investigado por un delito de asesinato con alevosía, no dude en ponerse en contacto con nuestros Abogados para ejercer la mejor defensa penal posible.

Despacho de Abogados en Málaga, Madrid, Granada, Jaén, Almería, Cádiz, Sevilla, Córdoba, Huelva.
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Sois buenos meter a un criminologo y a un psicólogo así sería un programa completo

jelsacerdoteprofesional