LEY DEL GOBIERNO 50/1997 🟡 Título II

preview_player
Показать описание
Estatuto de los miembros del Gobierno, Secretarios de Estado y Directores de los Gabinetes

Leyes en 🎧audio en mi nueva web: Ley 39/2015, Ley 40/2015, TREBEP...

0:00 TÍTULO II de la LEY 50/1997, de 27 de Noviembre, DEL GOBIERNO.
"Del estatuto de los miembros del Gobierno, de los Secretarios de Estado y de los Directores de los Gabinetes". Artículos del 11 al 16:

- CAPÍTULO I "De los miembros del Gobierno"
* Artículo 11- De los requisitos de acceso al cargo. (minuto 0:20)
* Artículo 12. Del nombramiento y cese. (minuto 0:49)
* Artículo 13. De la suplencia. (minuto 2:00)
* Artículo 14. Del régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno. (minuto 3:02)

- CAPÍTULO II "De los Secretarios de Estado".
* Artículo 15. Del nombramiento, cese, suplencia e incompatibilidades de los Secretarios de Estado. (minuto 3:36)

- CAPÍTULO III "De los Directores de los Gabinetes de Presidente, Vicepresidentes, Ministros y Secretarios de Estado"
*Artículo 16. Del nombramiento y cese de los Directores de los Gabinetes. (minuto 4:26)

🎬REPASANDO SIN PAPELES!!
Repasa las Leyes Sin Papeles y con tu medio favorito... YouTube!!
Repasa mientras comes, mientras desayunas... o desde tu sillón.



MÚSICA DEL VÍDEO:

Copyright © 2017 Repasando Sin Papeles
Рекомендации по теме
Комментарии
Автор

TEST 2: (Si queréis echarle el ojo al minuto 3:21 lo tendréis muy fácil)
¡Animaros a responder!
- En relación con el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno:
a) Podrán ejercer otras funciones representativas, además de las propias del mandato parlamentario.
b) Les será aplicable el régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración General del Estado.
c) Pueden ejercer otras funciones públicas que no deriven de su cargo.
d) Pueden ejercer cualquier actividad profesional o mercantil.

RepasandoSinPapeles
Автор

TEST 3: (Si le echas un vistazo al minuto 2:22 lo tendrás muy fácil)
La suplencia de los Ministros, para el despacho ordinario de los asuntos de su competencia, corresponde:
a) A la persona determinada por real Decreto del Consejo de Ministros.
b) Al Vicepresidente del Gobierno.
c) A otro miembro del Gobierno, determinado por real decreto del Presidente del Gobierno.
d) Al Secretario de Estado que determine el real decreto que expresa la causa y el carácter de la suplencia.

RepasandoSinPapeles
Автор

RESPUESTAS: 1C 2B 3C 4D En los nuevos vídeos os las dejaré en la descripción del vídeo😉 Espero que sigáis participando con vuestras respuestas!!

RepasandoSinPapeles
Автор

TEST 1: (A un click de la respuesta, a un click del minuto 3:07)
Respecto a los Vicepresidentes del Gobierno, una de las siguientes afirmaciones no es correcta:
a) El Vicepresidente que asuma la titularidad de un Departamento Ministerial ostentará, además, la condición de Ministro.
b) Los Vicepresidentes serán nombrados por el Rey, a propuesta de su Presidente.
c) Podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, así como cualquier actividad profesional o mercantil.
d) En los casos de ausencia del Presidente del Gobierno, sus funciones serán asumidas por los Vicepresidentes, de acuerdo con el correspondiente orden de prelación.

RepasandoSinPapeles
Автор

Muchas gracias por otro video más, eres genial.

rosariofernandezpalomares
Автор

OTRA PREGUNTA...TEST 4:
En los casos de ausencia del Presidente del Gobierno sus funciones serán asumidas:
a) Por los Ministros, según el orden de precedencia de los Departamentos.
b) Será determinada por real decreto del Presidente del Gobierno.
c) Por los Vicepresidentes, de acuerdo con la elección realizada por el Presidente del Gobierno en el momento de acordar la suplencia.
d) Por los Vicepresidentes, de acuerdo con el correspondiente orden de prelación

RepasandoSinPapeles
Автор

Gracias por tu labor desinteresada. Si me permites una sugerencia se ve demasiado deslumbrante tu rostro no se si es que tienes un flash muy intenso. Ánimo guapa y a luchar por el éxito

MiguelGonzalez-fcvg