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MULTAS por No activar, habilitar y actualizar el BUZÓN TRIBUTARIO SAT
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Se considera infracción en la que pueden incurrir los contribuyentes, el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto conforme lo previsto en el mismo. Dentro del artículo sexto transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal se estableció que a partir del 2024, se empezarán a imponer multas. En este vídeo, te explicamos todo lo que necesitas saber acerca del buzón tributario del SAT.
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¿Quién tiene la obligación de tener buzón tributario en México?
El artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación establece que las personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes tendrán asignado un buzón tributario, consistente en un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del SAT.
Los contribuyentes deberán habilitar el buzón tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto.
Conforme al artículo 86-C del Código Fiscal de la Federación, se considera infracción en la que pueden incurrir los contribuyentes conforme lo previsto en el artículo 17-K de este Código, el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto conforme lo previsto en el mismo.
#buzontributario #defensafiscal
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El artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación establece que las personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes tendrán asignado un buzón tributario, consistente en un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del SAT.
Los contribuyentes deberán habilitar el buzón tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto.
Conforme al artículo 86-C del Código Fiscal de la Federación, se considera infracción en la que pueden incurrir los contribuyentes conforme lo previsto en el artículo 17-K de este Código, el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto conforme lo previsto en el mismo.
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