Paga un 1,25% de IMPUESTOS Con Esta Estructura (Desde España)

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Conoce la estructura societaria de moda y descubre por qué un holding es la mejor fórmula para pagar menos impuestos mientras vives en España.

A nivel fiscal un holding te permite que después de pagar el impuesto de sociedades puedas distribuir los dividendos NO vía persona física, con su tributación entre el 19% y el 23%, sino por solo un 1.25%.

Otra de sus grandes ventajas es que si vendes una empresa que es propiedad de un holding, esa venta tributa al 1.25%, mientras que si es propiedad de una persona física, pagaría sobre la base imponible del ahorro: entre un 19% y un 28%.

En uno de nuestros últimos vídeos hay un ejemplo de la vida real sobre la diferencia, exagerada, entre ambos casos:

Y ahora viene lo mejor, porque no todo en la vida es pagar menos.

Las Holding son especialmente buenas para separar riesgos, de activos.

Te pongo un ejemplo, eres dueño de una nave que vale un millón de euros y en la que desempeñas una actividad riesgosa, como por ejemplo: cortar madera.

Por algún motivo, sin dolo, ni responsabilidad de tu parte, los empleados sufren un accidente y te demandan.

Si la nave no esta en la misma empresa que la maderera, no podrán ir a por ella como parte del pago.

Y con esto es a lo que nos referíamos sobre separar el activo, del riesgo.

Hay que hacer la acotación de que esto es solo un ejemplo porque en España no existe un régimen total de inembargabilidad, pero lo que sí es un hecho es que tu nivel de protección aumenta de una manera superlativa.

Anímate, que además mola mucho ser “EL PATRÓN” de un grupo de empresas.

Momento importantes:

02:26 Mínimo de empresas para un holding
02:56 Motivo económico válido
04:29 Holding: Beneficios fiscales
05:30 Holding: Requisitos
07:19 ¿Hay trampa?
09:23 Los holding protegen patrimonios
11:50 Consolidación fiscal
13:36 Consolidación fiscal: Requisitos
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Комментарии
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Fixcal
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Mui Bueno, me gusta mucho escuchar, soy de Portugal, ló miro, ló escucho Ace tiempo.
Perdóname mi Espanhol, mas ló intendo perfeito
Mui Bueno trabajo
Gracias

PauloLopes-crqg
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Quería felicitaros, consumo bastante contenido sobre fiscalidad, y he de decir, que lo habéis hecho ameno, fácil de entender, y al grano, enhorabuena a los dos.

marcosrocamoradequeros
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Pedazo de video de valor. Se entiende que las empresas con sustancia económica que son propiedad del holding pueden ser de distintas ramas no? Es decir que se puede tener un taxi, un gimnasio y una frutería y consolidarlas en un holding poseedor de esas empresas? Muchas gracias

carlosmira
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Una persona española que gana mucho dinero en los casinos online, cual es la mejor opción para pagar los mínimos impuestos posibles, cobra las ganancias vía paraiso fiscal." Todos los casinos tienen domicilio en paraisos fiscales" Aclaro lo de paraíso fiscal: El dinero llega a su cuenta en España desde el domicilio del casino que es un paraíso fiscal.

todocapital
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Gran video!!! Comentáis que el holding nos ayuda a optimizar el pago de dividendos pero no el impuesto de sociedades en tanto en cuanto el 25% sobre el beneficio es infranqueable. Pero si la sociedad holding tiene participaciones de una empresa española con poco beneficio y otra extranjera (por ejemplo Andorra) con mucho beneficio, casi todo el impuesto de sociedades se va a pagar fuera y es un 10%, y luego te llevas el dividendo a la holding española al 1, 25%. ¿es correcto este planteamiento?

Gracias por vuestro trabajo, a seguir creciendo!!!

Manuel_Justiniano
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HOLA, Gracias por compartir con nosotros vuestros conocimientos. 💯👍

marilenadache
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Buenas tardes,

El % mínimo de participacion en una sociedad extranjera para aplicar la exención en dividendos y ganancias de capital derivadas de la transmisión de la participación sigue siendo del 5%. El 10% es el tipo nominal del impuesto extranjero aņálogo al IS que debe soportar dicha sociedad, salvo que exista un CDI suscrito entre España y el país de residencia de la sociedad extranjera. En este último caso, el requisito de tributacion nominal del 10% se entiende cumplido.

Un abrazo y gracias por divulgar este tipo de contenido de la mejor forma posible.

alvarohuidobro
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Alex, podrias indicarme algun texto interesante para aprender conceptos básicos sobre sociedades y figuras similares?
Gracias. Saludos desde Canarias.

susanfahaun
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hay una cosa que nunca he entendido y es que siempre se habla de sacar dinero de la SL via dividendos, sin embargo, los dividendos, los repartimos despues de la cuña fiscal por lo tanto el 23 o 25 % te lo comes y a partir de ahi repartes por lo tanto, el tipo real, no es el 1, 25, sino que es el 23-25x100 + el 1, 25. Es asi o estoy equivocado?

anp
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A ver si lo he entendido bien. Si una empresa A tiene filiales B y C, entonces los beneficios de B y C, tributan al 1, 25% si pasan a A. Correcto?

oscarmontenegro
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Hola Fixcal, tenia agendada una asesoría Gratuita con vosotros para hoy 11/02/25 a las 11 hs pero nadie se comunico conmigo, ¿cual es el motivo? ¿ hubo un error ? espero vuestra respuesta, ya tienen mi mail, gracias

oscarvilla
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El problema es que cuando quieras marcharte de España, sigues amarrado por la empresa matriz...lo mejor es usar una empresa extranjera

PacoQ-ee
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¿Es obligatorio que la empresa este auditada para crear un holding?

felixcervantes
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Yo como propietario del holding (la cual tiene varias filiales)
El dinero que sale de la holding a mi cuenta como persona física y único propietario de la Holding.
Como tributaria?
Rendimiento del trabajo en su tramo 19-45%?
O rendimiento de capital mobiliario? En su tramo 19-28%?

santiagozm
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Se pueden pasar reservas de la sociedad matriz (beneficios no repartidos) a la sociedad holding?

heliosariasgonzalez
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