Subsidio para el Empleo 2024

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En este video te comparto comentarios de la nueva forma de determinar el subsidio para el empleo a partir del 01 de mayo de 2024.

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Muchas gracias, maestro fue una exposición muy completa saludos.

GabrielSantos-tlgw
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Qué bonito lo explicó, súper claro! Mil gracias!

gabyv
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Hola contador buena tarde me gusta mucho su video esta muy claro pero tengo duda en porque se les debe de retener a los trabajadores que tiene el minimo?

GrupoDESPACHO
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Usted siempre tan excelente .. gracias.

arisbethbetancourt
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Muchas gracias por la prontitud de la explicación, maestro!

erikabe
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Atenta a la explicación profesor, gracias

chilokspius
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Si, el correspondiente a 1 salario mínimo general

mariobeltranmx_
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Lic Mario, si se hace una correlacion con lo estipulado en la Ley fed del trabajo, que el trabajador en su percepcion no debera percibir menos que el salario minino en relacion al 96 de ISR, en cuanto a lo excento.saludos y gracias

JCRINRI
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Gracias maestro excelente la explicación, le agradezco.

mariaguadalupehernandez
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El problema esta en los softwares, en los sistemas, aun no responden para las modificaciones

JorgeTorres-lhqo
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"salario base que sirve para la determinación del impuesto sobré la renta...."
ojito.. con ese dato..

offderek
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En el caso del trabajador A. El importe de 116.12 resultante no se le va a retener, porque a trabajadores de salario mínimo no se les debe de retener.

fredyconsultoriofiscalcont
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Yo aplicó pagos semanales y tengo duda si aún se aplicará el ajuste mensual ya que una semana puede generar subsidio pero en el cálculo mensual puede rebasar los 9081

elizabetharroyo
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Una pregunta Lic. Mario, La mecánica esta clara de cómo debe afectar en la nomina para los casos de 1 a 1.20 y para los que sobrepasan, pero para los casos entre 1 y 1.20 donde no se les devuelve el subsidio porque es 0, pero si se ocupo una cantidad de los 360.12 digamos 112.55, para que diera 0, que campos del timbrado deben afectar para SAT??

oscaraguilar
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Buen dia, ese 1.20 veces salario minimo, me suena mas al salario minimo con premio de asistencia y premio de puntualidad, es decir 1 (Salario minimo) + 0.10 (Premio de asistencia) + 0.10 (Premio de puntualidad) = 1.20

GONZALEZ-VALIENTE
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Que pasa con la dinámica del CFDI, quedara igual?

KarenLongoriaMorfin
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B dia, entonces q va a pasar con la dinamica del ajuste al subsidio, qye se hace en el ultimo periodo de nómina ?

anabelenlopezosorio
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ANÁLISIS DEL DECRETO DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO (DOF 01 DE MAYO DE 2024).

1. El presente decreto deja sin efectos al artículo 1.12. del "Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013.

2. Este decreto tiene fecha de aplicación a partir del 01 de mayo de 2024, por lo que recomiendo verificar la actualización de tus procesos de nómina.

3. Se otorga un Subsidio para el Empleo (SPE) mensual hasta por la cantidad para 2024 de $390.12 (UMA Mensual 2024 $3, 300.53 por Porcentaje de SPE Mensual 11.82%).

4. El SPE se aplicará sobre ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados a salarios del artículo 94 fracción I de la LISR (Sueldos a funcionarios de la federación, entdidades federativas, municipales y miembros de las fuerzas armadas).
No aplica a pagos por separación tales como primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación.

5. La base de aplicación del SPE no es infinita, sino que se topa hasta la cantidad de $9, 081.00 mensuales (equivalente a 1.20 veces el Salario Mínimo General del resto del país).

6. El beneficio de aplicación del SPE a partir del 01 de mayo de 2024, no beneficia a los salarios mensuales de la Zona Libre de la Frontera Norte: $11, 396.66 contra $9, 081.00, SIN APLICACIÓN DEL SPE.

7. Los beneficiados del SPE a partir del 01 de mayo de 2024, serán los trabajadores que perciban salarios en lugares diferentes a la Zona Libre de la Frontera Norte, esto es, el Resto del País.

8. El rango de beneficio de aplicación del SPE se da para salarios que van desde 1.00 hasta 1.20 veces el SMG del resto del país; lo anterior en la inteligencia que los salarios que excedan 1.20 veces el SMG, no tendrán beneficio del SPE a partir del 01 de mayo de 2024.

9. De lo observado en los rangos salariales de 1.00 a 1.20 veces el Salario Mínimo General del Resto del País, el SPE es insuficiente para abatir el ISR a cargo de los trabajadores con salarios en los rangos antes señalados.
En consecuencia, ningún trabajador tendrá SPE a entregar o devolver.

10. Es importante que los patrones observen el efecto de la nueva forma de determinar y asignar al SPE a los trabajadores, por que aun así habrá ISR a retener.

11. No se permite que el patrón pueda acreditar el SPE pagado contra ISR propio o el retenido a terceros.

Mario Beltrán.

mariobeltranmx_
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Hola cuando ya debe aplicarse ese subsidio.

manolomx
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Buenas tardes, muy clara su explicación, tengo una duda yo aplico tablas semanales, pero al salariod disminuyo faltas e incapacidades, lo cual genera pago de subsidio, en este caso me sugiere cambiarlo a realizar este cambio en la ultima nomina del mes o aplico una tabla semanal como la mostro

PamelaServinButanda