¿QUÉ HACER ANTE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO CON LESIONADO?

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ARTÍCULOS 148 Y 149 DEL CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO.

Tal y como lo manifesté en el video denominado “Accidente de tránsito con daños materiales”, es diferente el trámite que debe dársele a un accidente de tránsito cuando hay heridos o fallecidos, que a uno en el que solamente se presentan daños materiales.

Para el caso que nos ocupa, es decir, cuando en el accidente de tránsito hay ciudadanos que resulten lesionados, la autoridad no debe permitir que las partes concilien en el lugar de los hechos (si lo hace es bajo su responsabilidad), por el contrario debe remitir el caso a la Fiscalía, donde las partes podrán conciliar sus diferencias bajo la dirección del señor o señora Fiscal al que le corresponda el caso.

Se recomienda no conciliar en el sitio de los hechos si existen fuertes dolores, pues podría tratarse de una lesión grave y se corre el riesgo de transigir o conciliar por sumas que en nada satisfacen los eventuales gastos en que deba incurrir la parte afectada.

Espero que la presente explicación sea de utilidad para mis colegas y alumnos, pero ante todo para la comunidad que no está exento de sufrir un accidente. (Espero que no ocurra)

Atentamente,

JORGE MARIO CUARTAS HERRERA
ABOGADO
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Комментарии
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Muy importante este video sobretodo para personas q conducen y no tienen ni idea de q a ser cuando ocurre un accidente o bien cuando no sabe si es responsable o no de lo ocurrido

marjorierizo
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Excelente su asesoramiento, ya que lo llamamos y fue de mucha ayuda para la situación o problema con el acidente de transito.

salsotecalavoe
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Gracias por la información muy bien explicado

betoacosta
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Muy buenas estas aclaraciones así me aconteció ami yo quedé lesionado fracturas y los agentes de policía dejaron que el otro implicado en el accidente levantara mi vehículo y se fuera el señor del lugar

ivandariohernandez
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Muy buena la explicación mi doctor Jorge

gutierrezmontieljuan
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excelente su información
soy Rubén Darío Montoya de Armenia Técnico profesional en seguridad vial

rubendariomontoyaovalle
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Muy buena y bendecida noche, a mi hijo hace 2 días lo atropellaron en las horas de la madrugada cuando se disponía cruzar la avenida, ya que estaba el semáforo en rojo, el conductor quiso darse a la fuga negándole el auxilio, afortunadamente todo esto sucedió cuando terminaba su jornada laboral, como auxiliar de policía y en el lugar de los hechos se encontraban todos sus compañeros y jefes inmediatos quienes abordaron la persecución, logrando su detención, gracias a Dios mi hijo solo presenta contusión, en el informe de los agentes de tránsito se evidencia anomalías, ahora según el conductor no es el dueño del vehículo, q solo lo trabaja por medio de aplicaciones y así con todas las circunstancias y mal procedimiento del reporte de agentes de tránsito quiere una conciliación, quisiera poder asesorarme bien para hacer un buen proceder en este suceso

briyithatehortua
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Buen aporte, desde Bogota somos abogados expertos en accidentes de tránsito

consultoresjuridicos
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Gracias, su información es valiosa, pero si no se está al día con el SOAT se sufre un accidente de tránsito.?La EPS ESta obligada a atender sin pasar al FOSIGA

rubielariojas
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Ola Jorge Mario tengo un caso pendiente que fue dado el 10 de Marzo de 2015 en la ciudad de Cali Donde aparezco como responsable de LESIONES PERSONALES CULPOSAS cuando no tuve un diálogo con el agente de tránsito.
Y no se que hacer en ese caso porque no tengo los recursos para pagar un ABOGADO ni para consultar a uno de OFICIO por el tema de la pandemia y tengo situación el 25 de Junio de 2020 le agradezco todo tipo de información gracias por su colaboración bendiciónes.

licethkatherineriascostorr
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muchas Pude completar mi trabajo en mi tercer semestre de derecho gracias a este vídeo

cambildo
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Doctor me gustaría saber su opinión jurídica en cuanto al alcance del art 25 de la ley 769 código Nacional de tránsito. En cuanto al tema de los venezolanos que manejan en Colombia y tienen permiso especial de permanecía.

vivaboomrakion
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Cordial saludo señor abogado, me inmovilizaron la motocicleta por accidente en el accidente se presentó una persona lesionada, mi pregunta es ¿debo pagar parqueadero al momento de recibir la orden de entrega provisional del vehículo?.

germainmedina
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un saludo, una vez la fiscalia cito y la otra parte y esta no asitio debo seguir esperarando, o es mejor demandar civilmente a la otra parte? un accidente en moto hace 1 año

danielalfredorodriguezcast
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el soat o seguro obligatorio ademas responder por los gastos médicos y hospitalarios paga alguna indemnización? Gracias

rosarioluna
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Muy bueno el video ..doctor quiero saber una cosa.tube un accidente hace 7 meses dando reversa una señora de 68 se metio por atras y la hise caer .la señora firmo ante el guarda un destimiento y ahora me demando por daños ..que puedo hacer

ricardorubio
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Eso aplica en todos los estados
Y en el 2018
Es el mismo artículo de ley de tránsito,
Y también la policia municipal puede poner a disposición a la fiscalía un accidente de tránsito?

bocaditoroman
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Buenas tardes doctor en un accidente de tránsito es necesario sacar de los patios vehículo implicado para no tener que pagar parqueadero cuando termine el proceso en accidente con lesionado?

yaquiortega
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Hola Jorge gracias por tus vídeos.
Tengo la siguiente situación, mi papá que se transportaba en bicicleta fue atropellado por un vehículo (camioneta), la policía de tránsito acudió al lugar, y remitio a mi papá a la clínica, mi papá no hizo ningún arreglo económico, mi papá fue atendido en la clínica del country de Bogotá el día 7 de Noviembre del presente año. No sabemos cual es el proceso ni los tramites que se deben realizar, para que mi papá sea indemnizado, ya que en la clínica le dieron 15 días de incapacidad, adicional la bicicleta quedo dañada y se la llevaron a los patios, tampoco sabemos como sacar lo que quedó de bicicleta de ese lugar, no sabemos si se tiene que entablar algún tipo de demanda, ésta situación nunca se nos había presentado en la familia. Quedaría muy agradecido si pudiera recibir algún tipo de información al respecto.
Por la atención prestada. Gracias.

gabrielballengonzalez
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Doctor mi esposo tuvo un accidente de tránsito con lesionado pero según el croquis y su versión no tuvo la responsabilidad para haber causado tal accidente paso el 20 de febrero del presente año y aún no ha podido recuperar el vehículo en este caso que debemos hacer?

fabriciaquiroz