ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS EN OBRAS DE RIEGO

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Básicamente el 99% de los proyectos de riego los financia el MIDAGRI, y es él el que pone las condiciones de los contenidos de los expedientes técnicos para proyectos de riego, un casi 1% lo ejecutan las ONG.
La RM 183-2020 MINAGRI tiene una lista de contenidos que DEBEN contar los expedientes técnicos, siendo el mas complicado, además de lo expuesto en el video toda la documentación, lo relacionado a:
- Acreditación de disponibilidad de agua
- Inexistencia de Restos Arqueológicos y Plan de Monitoreo (presupuestado)
- Informe aprobado de Gestión Ambiental (presupuestado)
- Padrón de usuarios (que es muy diferente que el padrón de beneficiarios)
- Estudio aprobado del Componente Social (presupuestado)
El tema técnico del expediente podrá ser una maravilla de la ingeniería, pero si no tiene aprobados alguno de los documentos pre citados, simplemente no se financia el proyecto de riego y se archiva el expediente en el rincón del olvido.
A esto adicionar que el MEF tipifica a los proyectos de riego en dos categorías:
1- Infraestructura de Riego - IR
2- Riego Tecnificado - RT
Cabe señalar que ambas categorías son casi excluyentes, un IR no puede ser un RT, ni tampoco un RT puede ser un IR.
La diferencia lo hace la Ley 28585, Ley de Riego Tecnificado que define los alcances para financiar todos los proyectos de RT, siendo el mas importante cuando menciona: "el reemplazo progresivo de infraestructura existente"
Este párrafo lo cambia todo, ningún proyecto RT puede ser nuevo, todo proyecto o expediente RT debe reemplazar otra infraestructura existente.
Mas detalles en los comentarios 👍🏻

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