Procedimiento juicio verbal desahucio + caso práctico. Actualizado 2020

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Os dejo el tronco del juicio de desahucio actualizado a mayo del 2020 más un supuesto.
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Комментарии
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Muchas gracias😀 Antonia, te acabo de descubrir!!!, y me encanta lo fácil que explicas este procedimiento, te seguiré escuchando!!!💃💃💃

mariateresasanzdelavega
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Muy bien explicado. Precisamente tengo ese problema en estos momentos. GRacias.

enriquerios
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Qué bien explicado! Me ha ayudado mucho a aclararme con este procedimiento

sweeneyj
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Muchas gracias por la explicación! Sencillo y completo, ayuda mucho para un repaso rápido :)

stefannyc.g.
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Antonia, la ley habla de resolución por parte del letrado. Si bien hay oposición y por lo tanto, se debe de razonar la resolución y en ese sentido el decreto sería el instrumento jurídico más adecuado.

miguelp
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Gracias por la clase! Una pequeña errata, en el min 5:35 cuando comenta que el demandado puede solicitar que se mantenga la comisión judicial, creo que quiere decir "demandante" (440.3 LEC). Un saludo.

homelessnail
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en la vista el inquilino demandado puede hablar con el juez?

Mikeossa
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Buenas tardes, en caso de que no haya habido escrito de oposición, la vista no va a celebrarse no?

BárbaraPérezLópez-kw
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Muchas gracias te acabo de descubrir, y me gustado mucho tu video. Me podrías decir a groso modo que artículos hay que estudiar para el juicio verbal de desahucio . Gracias

juanmanuelgarciaalcon
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Hola Antonia, me surge la duda de que cuando se opone, ¿la sentencia se dicta antes del lanzamiento?
porque el lanzamiento es 30 dias despues de celebrarse la vista y la sentencia se dicta a los 5 dias del fin de la vista.
Muchas gracias por tus videos, me ayudan mucho.

antoniocorreaalonso
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Buenas Antonia, gracias por tu ayuda! Una pregunta, cualquier desahucio (impago o expiración del plazo o por reclamación de rentas) se tramita siempre por juicio verbal o juicio verbal con especialidades?

crc
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Muy buen resumen. Una duda: Es el demandado o el demandante el que puede solicitar que se persone la comisión judicial para corroborar el estado de la finca ??. .Gracias.

elenabatista
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Tengo una ejemplo consulta....la empresa demandada, no enerva en los 10 días ni desajola, tiene fecha de vista para 19 de mayo, pero ya se le ha notificado que el juicio verbal se da por finalizado con alzamiento de fecha en 25 de septiembre ....cuel es el fin de este caso !? Quiero decir el desahucio es inminente a no ser que propietario quiera negociar no!?
Muchas gracias por el vídeo

mariahr
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Hola, una pregunta, si antes de acudir a la via judicial se le requiere fehacientemente al inquilino que pague las cantidades debidas por medio de burofax con certificado de contenido, y hace caso omiso o no recoge el burofax, iniciado el procedimiento judicial si se solicita el desahucio aunque pagase la deuda el contrato se resuelve y se tiene que marchar de la propiedad, verdad? es decir, de esta manera se impide la enervacion de la accion judicial ?
?

ernestoortiz
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Buenas tardes,
Muy buen esquema. Muchas gracias. Me asalta una duda. Es un verbal con especialidades, no?
Sería una de las especialidades tener que dictar una resolución para cuando el demandado contesta con su escrito de oposición???
Lo comento porque normalmente en un juicio verbal se emplaza para que conteste en 10 días y a partir de contestada ya el Letrado fijaría la vista en un mes máximo propio de un verbal, no?
Esta resolución es para fijar simplemente otra fecha de lanzamiento porque la solicitó en su momento el demandante en su demanda, no?
Si no hubiese el demandado expresado su deseo de lanzamiento en la demanda, cambiaría el final? Espero comprenda mi planteamiento. Gracias.

raquelceballosvazquez
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Antonia, que diferencia existe entre diligencia de embargo y de lanzamiento?. Gracias

fernan
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Por la pandemia y el embarazo me echaron del trabajo. Era hostelería. No pude hacerme cargo del pago del piso durante un tiempo y al no poder hacer frente al pago me fui pero sigo teniendo juicio. Que hago?

miarecheshernandez
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Vas ha dar una clase para explicar la condonación? Pues quisiera saber que resolución pone fin en el caso de condonación, es auto o decreto. Gracias.

familiareal
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PERDÓN, ES EL DEMANDANTE EL QUE PUEDO SOLICITAR QUE SE MANTENGA LA FECHA DEL LANZAMIENTO A EFECTOS DE VALORAR POSIBLES DAÑOS, NO EL DEMANDADO.

antoniadudasoposicion
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Estaría bien saltarnos todo esto teniendo en cuenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 17.1 Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Mi piso es mi propiedad y estoy siendo privado de ello. Los Derechos Humanos están en la cúspide de la jerarquía normativa.

Lo pone en la Constitución. Artículo 10.2 Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

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