✅ 5 puntos importantes de RESICO PF | Lo que debes saber

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El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un nuevo régimen fiscal para personas físicas y morales, en vigor desde el 01 de enero de 2022 como parte de la más reciente Reforma Fiscal en México.

En el caso de personas físicas, este régimen está dirigido a todas aquellas personas que realizan actividades empresariales, pertenezcan al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), otorguen el uso o goce temporal de bienes (arrendamiento), servicios profesionales (honorarios) y se dediquen a las actividades primarias (AGAPES) y con ingresos que no superen los 3.5 millones de pesos al año, sin considerar para el monto los ingresos que se obtengan distintos a los de la actividad.

Después de la creación de RESICO, algunos contribuyentes, personas físicas optaron por incorporarse a él, y otros más fueron adheridos por la autoridad fiscal por encontrarse dentro de los supuestos señalados en la LISR; sin embargo, han surgido diversas interrogantes sobre las obligaciones y características que estos tienen.

¿Qué debo saber sobre RESICO Personas Físicas?

Estos son algunos de los puntos más importantes de RESICO que debes considerar:

- No califican en este régimen los socios, integrantes de personas morales, accionistas o partes relacionadas y residentes en el extranjero con uno o varios establecimientos en el país, al igual las personas con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes y personas registradas bajo el régimen de asimilables a salarios (consejeros, comisarios, honorarios preponderantes y adquisición de acciones).
- Deberán presentar pagos provisionales mensuales a más tardar el 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago y considerarán el total de sus ingresos, los cuales deberán estar amparados con un comprobante fiscal digital por internet efectivamente cobrados.
- Utilizarán como base los ingresos cobrados y facturados, estando obligados a pagar entre el 1 y 2.5 % de tasa de impuesto.
- Estarán obligados a presentar su declaración anual del ejercicio en el mes de abril siguiente al que corresponda la declaración, sin considerar deducción alguna.
- Los contribuyentes podrán acreditar el IVA que corresponda derivado de la realización de sus actividades siempre que el gasto sea deducible para efectos del ISR, con independencia de que dicho gasto no pueda ser aplicado en la determinación del pago mensual, ni en la declaración anual del ISR.

En general, este régimen se basa en declaraciones preliminares de los ingresos de los contribuyentes y cálculos mediante un algoritmo, con la meta de hacer más fácil el pago de impuestos y atraer a pequeños comerciantes que operan en la informalidad.

Si eres persona física y estás tributando en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), debes saber las nuevas obligaciones fiscales con el fin de obtener el máximo provecho de este nuevo régimen, por otro lado, en caso de que seas un nuevo contribuyente y existan dudas, es recomendable contar con la asesoría de un profesional fiscal.

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Комментарии
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por favor habla mas fuerte y claro, gracias.

luzmariarodriguezgonzalez