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Esto debes tener en cuenta para el cierre contable y fiscal 2022
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En esta conferencia, Lina Galindo y Germán Torres explican que para la administración tributaria el tema de los costos y gastos es muy importante, ya que algunos de estos no son tenidos en cuenta por la Dian.
La conciliación fiscal regulada por el artículo 772-1 del ET se configura como uno de los requerimientos más importantes que deben efectuar los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, sean personas naturales o jurídicas, sobre quienes recae la obligación de realizarlo y conservarlo, ya que en cualquier momento tal información puede ser requerida por la Dian.
Uno de los objetivos de la conciliación fiscal es determinar las diferencias temporarias. De igual manera, reportar a la Dian las diferencias originadas entre los saldos contables y los fiscales en el formato 2516 y 2517. También, analizar las diferencias para poder elaborar la planeación tributaria.
El sistema tiene dos componentes: el control de detalle a cargo del contribuyente y el formato 2516 o 2517 a cargo de la Dian.
El cierre contable consiste en cerrar las cuentas de resultados. Su propósito es determinar la utilidad o pérdida del ejercicio y realizar el correcto traslado al patrimonio.
La conciliación fiscal, por su parte, es identificar las diferencias entre las mediciones contables y fiscales, elaborar el control de detalle y el reporte de conciliación fiscal.
Lina María Galindo es Contadora Pública de la Universidad del Valle, Coordinadora de Publicaciones Gran Formato en Actualícese. Experiencia profesional en el sector salud, servicios y línea editorial.
Germán Torres es Contador público, especialista en Gerencia Tributaria, magister en tributación. Director académico de Actualícese. Asociado de impuestos de la firma JPA Colombia, franquicia francesa de JPA International. CEO y director general del Centro de Capacitaciones Contables y Tributarias SAS. Docente de pregrado y posgrado de temas tributarios en universidades nacionales e internacionales.
#ActualíceseVideo #ConferenciasActualícese #CierreContable
Con Actualícese Video puedes actualizarte diariamente sobre impuestos, contabilidad, derecho laboral, derecho comercial y revisoría fiscal.
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La conciliación fiscal regulada por el artículo 772-1 del ET se configura como uno de los requerimientos más importantes que deben efectuar los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, sean personas naturales o jurídicas, sobre quienes recae la obligación de realizarlo y conservarlo, ya que en cualquier momento tal información puede ser requerida por la Dian.
Uno de los objetivos de la conciliación fiscal es determinar las diferencias temporarias. De igual manera, reportar a la Dian las diferencias originadas entre los saldos contables y los fiscales en el formato 2516 y 2517. También, analizar las diferencias para poder elaborar la planeación tributaria.
El sistema tiene dos componentes: el control de detalle a cargo del contribuyente y el formato 2516 o 2517 a cargo de la Dian.
El cierre contable consiste en cerrar las cuentas de resultados. Su propósito es determinar la utilidad o pérdida del ejercicio y realizar el correcto traslado al patrimonio.
La conciliación fiscal, por su parte, es identificar las diferencias entre las mediciones contables y fiscales, elaborar el control de detalle y el reporte de conciliación fiscal.
Lina María Galindo es Contadora Pública de la Universidad del Valle, Coordinadora de Publicaciones Gran Formato en Actualícese. Experiencia profesional en el sector salud, servicios y línea editorial.
Germán Torres es Contador público, especialista en Gerencia Tributaria, magister en tributación. Director académico de Actualícese. Asociado de impuestos de la firma JPA Colombia, franquicia francesa de JPA International. CEO y director general del Centro de Capacitaciones Contables y Tributarias SAS. Docente de pregrado y posgrado de temas tributarios en universidades nacionales e internacionales.
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