¿POR QUÉ DEFENDER A UN CRIMINAL?

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Amigos este video es para aclarar por qué algunos colegas defienden a presuntos culpables, ya que muchas veces la sociedad no entiende la labor de un abogado penalista.
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Me parece muy interesante y aportativo los diversos aspectos que se plantean en el video para dar respuesta a una pregunta que, efectivamente, es difícil. Sin embargo, me gustaría destacar algunos aspectos que tal vez podrían dar una visión más concreta del asunto. Lo primero es que parte de lo dicho permite entender porque existe el Derecho Penal y el Derecho Procesal Penal y que si bien son dos ramas que se ayudan estrechísimamente, no es menos cierto que tienen fines distintos. El Derecho Penal establece los delitos, las situaciones excepcionales en que la reacción no es el castigo penal, las penas y las muy diversas reglas para graduar la responsabilidad penal en cada caso concreto. El Derecho Procesal Penal regula el proceso penal, es decir, el puente por medio del cual entra en contacto la norma penal con el hecho acontecido en la realidad, pero en aras de una justa aplicación penal. Entonces, el Derecho Penal tiene una visión esencialmente punitiva y el Derecho Procesal Penal tiene una visión de aplicación de justicia y que abarca la aplicación o no de la pena según las particularidades de cada caso. Lo segundo es que en este aspecto de la justicia comienza el problema planteado por la pregunta, pues, obviamente la sociedad y la víctima van a querer el castigo del culpable y es por eso que se ve como carente de ética que un abogado defienda a alguien respecto del cual sabe que es culpable. Como bien se señala en el video se deben respetar los derechos y garantías procesales sean constitucionales o meramente legales y en el caso de delitos muy graves o con una pena muy rigurosa tal exigencia cobre mucho mayo peso. Sin embargo, somos humanos y la lesión grave es vista como brutalmente ofensiva y pareciera, en el pensar colectivo, que la gravedad del delito deba diluir el derecho a la defensa. Es decir, pareciera que el mero argumento cierto de que el derecho a la defensa sea un derecho o garantía constitucional no es suficiente para darle piso a la defensa del culpable porque la exigencia ética, social y humana no parece tolerarla ante el delito grave. Ahora bien, en modo alguno comparo esa posible opinión, pero si resalto su posible presencia en el pensar colectivo y que justamente ello se demuestra con el cuestionamientp mismo que se formula con la pregunta. Dicho esto paso a plantear mi punto de vista y que es el tercer aspecto. Considero que, efectivamente, hasta el peor criminal que exista en el planeta tiene derecho a la defensa dentro del marco de la constitucionalidad, la legalidad procesal penal y la legalidad penal. Ahora bien, veamos el escenario de que a los culpables se les prive del derecho a la defensa lo que significa retirar una de la tres bases constitucionales en que se apoya el proceso penal, pues, la otras dos son la jurisdicción y la acción penales. En ese escenario el proceso penal no haría falta, pues, al sabérsele culpable no haría falta demostrarlo y, en consecuencia, se pasa directo al culpable o al peor criminal del mundo directo al castigo penal. Si no olvidamos que el Estado puede incurrir en el ejercicio abusivo del poder público y ya no tiene que implementarse el proceso penal al saber que la persona es culpable, pues, el sistema de justicia perdería su sentido y el Estado trituraría al culpable o peor criminal del mundo. Algunos pensarán que es lo justo y que se lo merecen, pero eso no es todo, queda un precedente legitimador para que esa forma de actuar del Estado se repita. Es decir, las próximas personas o ciudadanos recibirán el mismo trato volándose así el Estado de Derecho y el ejercicio democrático de su poder de castigo sobre la cabeza de cualquiera. En pocas palabras, la defensa de cualquier persona presuntamente perpetradora de un delito, por más horrible que sea, no es solo un derecho o garantía constitucional individual sino una necesidad política colectiva que de no mantenerse se terminará eliminando el sistema de justicia penal y se establecerá en su lugar algo muy semejante a la guillotina francesa. Entonces, no se se trata de que el derecho a la defensa sea el camino a la impunidad sino de que ese derecho o garantía constitucional, junto con otros como la presunción de inocencia y el derecho al debido proceso, es una necesidad política ciudadana en pro de la democracia. Incluso, si la víctima se venga de su agraviante con un delito grave, se vería expuesta a los mismos enfoque y suerte si se desecha el derecho a la defensa. Como se ve, los derechos y las garantías suelen comprenderse más fácilmente cuando se entiende que también protegen la propia cabeza.

herqules
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Buenos dias, y cuando la persona que a cometido el delito no tiene dinero para defenderse y te lo asigna el estado ese abogado que designo el estado se puede negar a defenderlo?

catalina